VIOLENCIA DE GÉNERO: 10 AÑOS DE PRISIÓN POR GOLPES, ABUSO SEXUAL Y PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD

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Luego de una semana de audiencias de juicio oral y público, con un Tribunal colegiado, la Fiscalía PCyF 33 - especializada en violencia de género - obtuvo la condena a 10 años de prisión para un hombre imputado por lesiones agravadas, amenazas con arma de fuego, tenencia de arma fuego, privación ilegítima de la libertad y abuso sexual agravados hacia su expareja. 
También fueron condenados sus hermanos con penas de efectivo cumplimiento:  de 3 años y 6 por suministro de arma de fuego para uno, y 3 años y 8 meses para la hermana, por haber sido coautora en la privación de la libertad. 
El caso inició a partir de la denuncia de la víctima en marzo de 2024 ante la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (OVD), y una vez recibido en la fiscalía, se priorizó la contención y seguridad de la víctima y su grupo familiar, para lo cual se dispusieron  medidas de protección tales como consignas policiales en los domicilios particulares y laborales, botón antipánico para la denunciante y la asistencia de una psicóloga de la Oficina de Asistencia a Víctimas y Testigos del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad (OFAVyT), que la acompañó durante el proceso judicial.
Así, se inició la investigación que gracias al exhaustivo trabajo del equipo de la Fiscalía PCyF PCyF 33 logró  identificar los domicilios donde ocurrieron los hechos  en Ciudad Oculta, donde luego se realizaron los allanamientos que terminaron con la incautación del arma y más de 130 cartuchos, además detención de los coimputados, mientras que el principal imputado logró escapar por los techos. 
Luego, gracias a tareas investigativas tanto en Provincia como en Ciudad de Buenos Aires, se logró dar con el paradero del prófugo, que fue detenido y quedó en prisión preventiva y con prohibición de todo tipo de contacto con la víctima durante todo el proceso.
Por su parte, a los demás hermanos involucrados se les impuso la colocación de la tobillera electrónica de geoposicionamiento así como la prohibición de contacto con la víctima, entre otras medidas restrictivas. 
El debate oral y público puso el énfasis en el testimonio de la denunciante, quien - para evitar su revictimización-  prestó declaración sin la presencia de los imputados, que siguieron el desarrollo de la audiencia en una sala contigua por video.
El testimonio claro, espontáneo, coherente y sin contradicciones, que además resultó coherente con las declaraciones de su madre y hermana, y que fue apoyado con el resto de las evidencias presentadas por la fiscalía, fue valorado con la perspectiva de género que las convenciones internacionales sobre la materia obligan a tener en este tipo de casos de violencia contra la mujer.
Las profesionales psicólogas y psiquiatras de la OVD, y sobre todo de OFAVyT y del Cuerpo de Investigaciones Judiciales dieron cuenta del estado de vulnerabilidad de la víctima, del ciclo de violencia en el que estaba inmersa y del terror, dominio y poder ejercido por el victimario.
Según testificaron las profesionales, advirtieron  los indicadores propios de la violencia de género y estimaron que la víctima estaba expuesta a un riesgo altísimo, manifestado en el terror constante, la normalización o naturalización del maltrato, la angustia y el miedo permanente.  Identificaron también los distintos tipos de violencia que padeció: violencia física, psicológica, sexual, simbólica y económica.
La fiscalía logró entonces acreditar todos los hechos por los que formuló acusación y que estos se dieron en un contexto de violencia de género.
Así entonces, el Tribunal compuesto por 3 jueces condenó al principal imputado a la pena de 10 años de prisión por considerarlo autor penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, lesiones leves doblemente calificadas por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer con la que ha mantenido una relación de pareja y en un contexto de violencia de género, abuso sexual con acceso carnal, tenencia ilegítima de arma de guerra, amenazas con armas, en contexto de género y bajo la modalidad de violencia doméstica.
Por su parte, la fiscalía también logró probar las imputaciones a los hermanos, es decir, suministro de arma de fuego y coautoría en la privación ilegítima de la libertad, a quienes se les impuso penas de 3 años y 6 meses y 3 años y 8 meses para respectivamente.

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