VIOLENCIA DE GÉNERO: CONDENAN A UN EMPRESARIO DE LA SALUD POR AMENAZAS A SU EXPAREJA
Un importante empresario del rubro de la salud fue condenado a la pena de 1 año y 6 meses de prisión en suspenso por el delito de amenazas contra su expareja. La causa la llevó adelante la Dra. Silvina Bruno, a cargo de la Fiscalía PCyF Nº 9 especializada en Violencia de Género, ante el Juzgado PcyF Nº 4 a cargo de la Dra. Rocío López Di Muro.
El hecho denunciado sucedió en 2016 y la fiscalía lo caratuló como amenaza simple dentro de un contexto de violencia de género. Cabe destacar que la denuncia fue efectuada en julio de 2017 y el requerimiento de juicio fue elevado en septiembre de ese mismo año, momento en que la fiscalía ya contaba con los elementos probatorios. Sin embargo, la demora se debió a los constantes planteos y recursos formulados por la defensa, y luego por un asunto de salud del imputado, que le impedía estar en juicio.
Durante el juicio, que se realizó de manera presencial y duró dos días, la Fiscalía no solo probó el hecho sino también el contexto de violencia de género de larga data, a través del testimonio de 17 testigos, entre ellos la hija, la psicóloga, y amigas de la denunciante. Las declaraciones dieron cuenta tanto de la situación de violencia como del control y aislamiento al que el denunciado tenía sometida a la denunciante.
Uno de los datos más relevantes de este caso radica en que la Fiscalía Especializada logró rebatir los argumentos de la defensa, según la cual no podía considerarse un supuesto de violencia de género, dado que la víctima es una mujer económicamente independiente, con altos ingresos. Con la colaboración de las/os equipos interdisciplinarios que asistieron y contuvieron a la víctima, la Fiscalía planteó que no sólo la violencia no reconoce clases sociales, sino que el control y el sometimiento van más allá de una cuestión meramente económica y/o patrimonial.
La pena por amenazas simples admite penas de 6 meses a 2 años de prisión. En este caso, la fiscal Bruno solicitó 2 años y la jueza López Di Muro condenó al imputado a 1 año y 6 meses de cumplimiento condicional, y a realizar un taller psico-socio-educativo para varones que han ejercido violencia de género, además prohibirle todo tipo de contacto con la denunciante.
Este caso se inscribe en una línea de litigio estratégico definido por el Fiscal General de la Ciudad en la reciente Resolución FG Nº 65/2021, que establece nuevos criterios para el abordaje de la violencia de género. Uno de los objetivos centrales de esta nueva política consiste en impulsar investigaciones que logren sancionar a los responsables de estos hechos, a la vez que visibilizar todas las aristas de esta compleja problemática, para generar mejores prácticas judiciales que permitan garantizar soluciones más eficaces en beneficio de las víctimas de violencia y de la sociedad en general.